Google y el derecho a indexar Internet contra la Agencia Española de Protección de Datos
By rafaelgo on Jan 19, 2011 | In LOPD
En una de las peleas más interesantes sobre Internet en España: Google esta peleando contra la Agencia Española de Protección de Datos para poder seguir indexando la información disponible en Internet, siempre que los usuarios que publican dicha información no hayan utilizado alguna de las diversas metodologías para solicitar a los buscadores que dicha información no sea publica: Google vs LOPS
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El motivo de la polémica es debido a la aparición de datos personales (normalmente nombres y otra información) en la información de los boletines del estado. Las personas, al encontrar sus datos en el buscador Google, inician el ejercicio del derecho de cancelación de datos para que dichos datos sean eliminados del buscador. Pero, sorpresa, Google informa a dichos usuarios que sólo enlaza contenidos públicos de Internet, que los usuarios que han subido dichos contenidos son los responsables de la información y que dichos usuarios no han utilizado ninguna de las diversas metodologías para solicitar a los buscadores que dicha información no sea publica. Y claro, las personas con esta respuesta terminan reclamando la tutela de derechos ante la Agencia Española de Protección de Datos, que empieza con los correspondientes procedimientos sancionadores contra Google por esta negativa. Y Google, ni corto ni perezoso, empieza a reclamar por la vía administrativa contra las resoluciones de la Agencia Española de Protección de Datos. La pelea esta servida.
Los expedientes sancionadores utilizan como excusa el supuesto "derecho al olvido", tal como lo explica perfectamente Artemi Rallo, el director de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en una entrevista que le realizaron en el diario El Mundo. Este derecho, tan artificial como muchos supuestos derechos nacidos en la socialdemocracia, según el presidente de la Agencia de Protección de Datos "se trata de un concepto que está adquiriendo cuerpo últimamente, y que no es más que una ampliación tanto del derecho de cancelación de datos como del derecho de oposición, pero en Internet". Al final, parece ser en realidad que es como cualquiera de los "nuevos derechos": obligarmos a hacer lo que desde el poder político quieren que hagamos.

Aunque el director de la AEPD reconoce que es un supuesto nuevo derecho que recién va tomando forma, no se corta en afirmar que dicho nuevo derecho, el que según él recien está tomando forma, viene ya amparado y regulado desde el año 1992. ¡Que listos son! Dice Rallo que "el fenómeno de Internet ha singularizado este derecho a este entorno". Y, como no podía ser de otra forma, para darle más fuerza a su derecho al olvido el director de la AEPD expresa que "no existe un derecho global a indexar información en Internet, lo que sucede es que es aceptado por los beneficios implícitos".
Lo que se olvida el director de la Agencia Española de Protección de Datos, es que el derecho a enlazar contenidos de otros no es más que un caso particular del derecho a la libertad de expresión, del mismo modo que éste no deja de ser una parte del derecho de propiedad. Yo, en mi reino, soy el rey. Del mismo modo yo, en mi web, puedo decir lo que quiera, lo cual no me da derecho a expresarme en la web de otro: su dueño tiene perfecto derecho a no publicar mis comentarios. Y dentro de ese contenido que yo mismo preparo y que publico en internet están los enlaces. Forman parte de mi expresión. E incluso puedo evitar en mi Web que vengan visitantes de otras Web.
Además, en muchos casos las personas se están quejando ante la Agencia Española de Protección de Datos porque encuentran sus nombres en el BOE, o boletines oficiales y otros procedimientos con la Administración Pública. Por lo cual, no se puede pedir que se borre la información por ser falsa o inexacta: si apareces notificado vía el BOE, nadie puede solicitar la cancelación por que la información no es veraz, tal como reconoce el propio Rallo. La AEPD ha exigido al buscador que excluya de sus índices datos personales reflejados tanto en el BOE como en otros boletines regionales, mientras que Google afirma que son datos públicos a los que puede acceder cualquiera y que los sitios web que alojan los boletines no tienen más que hacer un pequeño esfuerzo técnico para eliminar esa información del buscador.
Una de las formas más sencillas de evitar la indexación de los contenidos en todos los sitios web pueden es creando un fichero llamado robots.txt con instrucciones para los buscadores en las que decirles qué pueden indexar y, por tanto, enlazar y qué no.
Las leyes españolas y europeas defienden que quien publica un material es responsable de su contenido. "Exigir que intermediarios, como los buscadores, censuren el material publicado por otros tendría un efecto paralizante en la libertad de expresión sin proteger la intimidad de las personas", ha dicho Peter Barron, director de Relaciones Externas de Google, en un comunicado. Pero el director de la Agencia de Protección de Datos considera que Google no debería pleitear -como se va a quejar una multinacional contra la pobre Agencia Española de Protección de Datos- su obligación es "dar una respuesta tecnológica para garantizar los derechos de los ciudadanos". Es decir, le esta pidiendo a Google que sea censora de la información veráz que se publica en Internet. ¡De risa!
Artemi Rallo es consciente que no puede pedir la eliminación del BOE y otros boletines regionales de Internet: la ley impide retirar esos datos de internet, ya que los boletines han de estar en la red. Asi que es más fácil pedirle a Google que sea el organismo censor de dichos datos para que no se vean. Los otros datos, motivo de las disputas son los datos publicados en diarios online que están protegidos por el derecho a la libertad de expresión. Un derecho que, a juicio del director de la Agencia Española de Protección de Datos, no protege a Google.
Se olvida el señor Rallo que el derecho al olvido dejó de existir desde el momento en que inventamos la escritura. Internet lo único que ha hecho es facilitar que encontremos información sobre algo o alguien, una característica por la que deberíamos dar gracias todos los días de nuestras vidas. En muchos casos, el derecho al olvido no parece más que una expresión más de la visión adolescente de la vida que nos lleva a creer que sólo tenemos derechos y ninguna responsabilidad. Si España castiga a los buscadores por indexer contenido, ¿cómo puede haber libertad de expresión? Parece un plan diseñado por gente que no sabe cómo funciona internet y que le da flojera pedirle a la administración que hagan las cosas bien (si quieren que dichos contenidos no se indexen en los buscadores, me refiero).
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